¡Q suerte! al menos a uno le retienen ganancias
Ahí va la planilla de cálculo
http://www.econoblog.com.ar/wp-content/ ... 02-091.xlsEn cuanto a la DJ, se debe estar refiriendo al 572, donde se informan todos los conceptos deducibles: servicio doméstico, obra social, seguros de vida, hijos a cargo, esposa o nietos, etc, deducción especial, ganancia no imponible, 34% del impuesto a los créditos pagados, etc.. (también el 40% de lo honorarios de médicos facturados, este último es de información anual)
http://ak.afip.gov.ar/genericos/formula ... f/f572.pdfTambién te pongo uno de los tantos link relativo al llenado del formulario
http://webdga.ec.gba.gov.ar/pdf/afip/in ... rio572.pdfCreo que con la certificación de la firma en el formulario, no va a ser necesario q vaya personalmente (salvo q se trate de otro formulario)